Amparan a Juan Antonio Vera Carrizal: dudas sobre las acusaciones de la saxofonista María Elena Ríos

Amparan a Juan Antonio Vera Carrizal: dudas sobre las acusaciones de la saxofonista María Elena Ríos

Gobierno de Oaxaca y Fiscalía en la mira nacional: pretenden juzgar a Vera Carrizal dos veces por el mismo delito
Roberto Vera Carrizal hermano de Juan Antonio, amenaza de muerte durante marcha a reportero de Oaxaca
Familiares de Juan Vera Carriza, acusado de ataque con ácido a saxofonista, piden desde Palacio Nacional reabrir el caso

En un giro significativo en el caso que ha captado la atención nacional, el titular del Juzgado Décimo de Distrito en el Estado de Oaxaca, Ponciano Velasco Velasco, concedió este martes un amparo al empresario Juan Manuel Vera Carrizal. La decisión se fundamenta en el rebaso del plazo de prisión preventiva de dos años, sin que se haya concluido el procedimiento penal en su contra.

El caso se remonta a hace cinco años, cuando la saxofonista María Elena Ríos Ortiz denunció una agresión en la comunidad de Huajuapan de León. Hasta la fecha, no se han presentado pruebas contundentes que demuestren que Vera Carrizal fue el autor directo o intelectual del ataque, y la acusación se basa únicamente en las declaraciones de la víctima, las cuales están siendo cuestionadas con el paso del tiempo.

Según el expediente de la causa penal 533/2019, Vera Carrizal ya había solicitado una revisión de la medida cautelar, que fue inicialmente procedente pero posteriormente revocada debido a presuntas irregularidades y excesos en la resolución.

La defensa de Vera Carrizal presentó argumentos que llevaron a la anulación de la resolución del 14 de marzo de 2023, dictada en el toca penal J.O.T.P.A.I. 0005/2023. El juez instruyó a examinar los actos de defensa que el inculpado alegó durante los primeros dos años de prisión preventiva, y a considerar la necesidad y efectos de estos actos en relación con el derecho de defensa del inculpado.

“En su lugar, examine los actos de defensa que aduce hizo valer el inculpado, aquí quejoso, durante los primeros dos años en los que se ordenó la prisión preventiva justificada y que tuvo como determinantes para negar el cese de la prisión preventiva justificada”, dictaminó el juez Velasco Velasco.

Finalmente, la resolución establece que se deben motivar y justificar los actos relacionados con el derecho de defensa del inculpado, sin perjuicio de reiterar cuestiones no vinculadas con la concesión del amparo, y decidir lo conducente respecto al cese de la prisión preventiva justificada impuesta a Vera Carrizal en la causa penal 533/2019.

Esta resolución representa un avance importante en el caso y pone en duda las acusaciones contra Vera Carrizal, a medida que las declaraciones de María Elena Ríos se diluyen con el tiempo y no se presentan pruebas contundentes que lo incriminen directamente.